jueves, 26 de enero de 2012


Conscripción y Alistamiento Militar:

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  1. El Titulo V contempla las definiciones de los términos Conscripción y Alistamiento; todo lo referido a la inscripción y al registro respectivo; la calificación para el alistamiento; la convocatoria, reunión y entrega de las respectivas cuotas; la concentración, examen y entrega del contingente así como los documentos militares personales.

    Todos los venezolanos por nacimiento tiene el deber de inscribirse en la respectiva Junta de Conscripción más cercana a su residencia una vez que:

    • Hayan cumplido 18 años, deben presentarse dentro de los siguientes 60 días después de su cumpleaños.

    • De igual forma los venezolanos que residan fuera del país deben inscribirse en las respectivas oficinas consulares o diplomáticas de la nación en dicho país donde se encuentren.

    Los venezolanos por naturalización y cuya edad este entre los 18 y 50 años tienen la obligación de acudir a inscribirse en el Registro militar más cercano a su residencia, dentro de los 60 días siguientes a la publicación en la gaceta oficial de su naturalización.

    La Calificación para el Alistamiento
    Ésta se refiere a l conjunto de actitudes y aptitudes necesarias para que un individuo sea considerado elegible o no elegible para su alistamiento. Si el sujeto resulta elegible será convocado por la respectiva Junta de Conscripción, y luego serán reunidos para ser entregados a la respectiva Junta de Conscripción y Alistamiento, los sujetos que sean convocados y no se presenten serán considerados desertores y deberá responder ante la Justicia Militar.

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